Licencias de software libre
La utilización de software libre se materializa en la descarga de Internet del software en cuestión, previa adhesión a un contrato entre la persona que desarrolló el software y la persona que pretende utilizarlo de manera gratuita; en el caso del software libre, no existe un pago previo asociado a esta acción. Este contrato recibe el nombre de "Licencia de Software", y constituye un "contrato de adhesión", puesto que no es posible negociar ninguno de los términos del contrato: la persona que pretende usar el software, debe adherir al contrato en su totalidad o no utilizar el software en cuestión.
Hoy existen numerosos tipos de licencias de software libre. Las principales son:
1. GNU Public Licence (GPL) y Lesser GNU Public License (LGPL).
2. Berkeley System Distribution License (BSDL).
3. MIT License, Artistic License, Sun Public License (SPL), Mozilla Public License (MPL).
Las instituciones públicas desarrollan y requieren software para cumplir con su labor. El software desarrollado, no importa cuál sea su origen o forma de desarrollo, como producto intelectual se encuentra supeditado a la Ley de Propiedad Intelectual Nº17.336. De acuerdo con ésta, y con las tendencias legislativas vigentes en el mundo, el software es reconocido en términos de su protección autoral como "obra literaria", y por tanto es protegido bajo el mismo esquema jurídico.
Finalmente (aunque parezca majadero al leer otras publicaciones sobre software libre), es necesario aclarar que "software libre" no es "software gratuito". Aunque no sea necesario pagar por una licencia de código abierto, la licencia no es el único factor que incide en el costo total de una solución.
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